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103
Marzo 2008
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Los productos alimenticios, dietéticos, fitoterápicos y ortomoleculares no son “medicamentos”

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dejado en ridículo a los ministerios de Sanidad comunitarios –incluido el nuestro– al dictar una sentencia en la que deja bien claro que el hecho de que un producto alimenticio, dietético, fitoterápico u ortomolecular produzca efectos fisiológicos y se comercialice en forma de pastillas, cápsulas o ampollas no lo convierte sin más en un medicamento que requiere ser aprobado. Y condena al Gobierno alemán por obstaculizar la venta de un producto de extracto de ajo con tal argumentación añadiendo además que no se pueden alegar de forma genérica “posibles riesgos para la salud” para impedir la venta de algo: hay que justificarlo científicamente.